Situación Carcelaria
Jacobo Silva Nogales se encuentra en una prisión de Máxima Seguridad en donde se violan constantemente sus derechos humanos, contraviniéndose las Normas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos. Estas son tan solo algunas de las violaciones:
No se le permite contar con leyes de ningún tipo, las cuales necesita pues se defiende por su propio derecho, y aunque no fuera así la ley le concede esa garantía.
Hace ya tres años que a Jacobo Silva Nogales se le prohibió contar con cualquier tipo de leyes y se le despojó de la agenda de Amparo que tenía, en la que se incluía la Constitución, el Código Penal Federal, la Ley de Amparo, entre otras leyes, de manera que ahora que estamos en el periodo de elaboración del Amparo Directo no se le permite disponer de las leyes que se requerirían para elaborarlo adecuadamente y no solamente eso, en el 2006 se le despojó de la mayor parte del material del expediente que tenía y se le permite tener solamente entre doce y quince centímetros de grosor de él, cuando es sabido que no hay argumento legal alguno para ello y que implica la comisión del ilícito de obstaculización de la defensa, sancionable penalmente.
No se le permite contar con libros de derecho, con los cuales se podría auxiliar para realizar su defensa, con lo cual, al igual que con los dos puntos anteriores, se obstaculiza su defensa.
No se le permite estudiar desde hace dos años, ya que nadie en esta prisión lo puede hacer por no concedérsele la posibilidad de inscribirse y estudiar conforme a algún sistema escolar ni se le permite tener libros de texto de ningún tipo.
No se le permite recibir libros de cultura general y de cualquier tipo de su elección, pues solo se le permite leer los que se contienen en una lista de cerca de cincuenta que se le presentan cada semana para que escoja solo dentro de ellos; con esto y lo consignado en el punto anterior no se le permite ejercer el derecho a la educación y a la información, pues para cumplir con ellos no basta con que tenga acceso a algún libro en general, sino a los que cubran sus necesidades personales. Se le prohíbe el acceso a revistas y periódicos de cualquier tipo desde hace dos años.
Las autoridades imponen sanciones a discreción, sin tener el derecho a defenderse y dar su versión de los hechos ante el consejo técnico interdisciplinario.
Se hace caso omiso de las resoluciones favorables de los amparos judiciales interpuestos contra ante algún acto de autoridad, pues se persiste en seguir cometiendo la acción que lo motivó.
Desde que está preso, es decir desde hace ocho años no se le permite ver a su esposa, con lo que se incumple con la ley, que establece la obligación de las autoridades de contribuir al fortalecimiento de la integración familiar,
Se le somete cotidianamente a un trato denigrante, pues se le obliga a desnudarse completamente y a hacer sentadillas, a levantarse los testículos para mostrarlos a los oficiales y a retraer el prepucio y a entregar su trusa para que la revisen. Eso ocurre un mínimo de cuatro veces al día, aunque si sale a locutorios o a juzgados o a recibir visita, esto se hace cuatro veces más por cada salida.
No existe atención médica oportuna, pues al solicitar consulta, el servicio médico tarda días y a veces semanas en atenderlo, y cuando se le atiende el tratamiento es interrumpido constantemente
Para consumir sus alimentos se le concede solamente diez minutos en el mejor de los casos, pues a veces se le dan cinco o siete.
Gloria Arenas se encuentra en un penal de mediana seguridad en el ejido de Santa María Chiconautla, en Ecatepec, Estado de México. En este penal, como en los anteriores en que ha estado desde que su detención (el altiplano y Neza-Bordo) vive las condiciones penitenciarias que padecen todos los presos y presas, ya sean políticos o sociales, la corrupción, la sobrepoblación, las graves carencias en alimentación, salud, y de desarrollo cultural y educativo y de oportunidades laborales. Como mujer ha padecido la discriminación del sistema penitenciario, ya que en cada reclusorio la sección femenil funciona como un anexo del varonil, entonces la sección es tratada como algo secundario en todos los aspectos.
Como presa política fue encarcelada en un penal de máxima seguridad. Se le impidió el acceso a revistas, periódicos y televisión durante 6 meses. Durante los ocho años y tres meses que lleva de reclusión, ha sido separada de si esposo, cuando ambos estuvieron en el mismo penal, el de máxima seguridad en Almoloya, nunca se les permitió verse, ni hablarse, ni la visita conyugal a la que tienen derecho.